lunes, 29 de abril de 2013

29 de ABRIL: DÍA DEL ANIMAL





Es posible que si desde chiquitos practicamos con nuestras mascotas, con amor, alegría, juegos, dedicación, compromiso, logremos ser adultos respetuosos y felices. Lo que se aprende en la infancia no se olvida jamás. Es importante enseñar a los niños acerca de las características de los animales, sobre sus derechos y la forma en la que deben vivir.  

Es necesario que aprendan que se debe cuidar a los animales, que no se debe maltratarlos, nunca abandonarlos ni desprotegerlos; que no está bien explotarlos y que sí es importante, alimentarlos de forma correcta y darle todo nuestro cariño. Hoy es su día pero su día es todo el año...



.1

DECLARACIÓN UNIVERSAL 
DE LOS DERECHOS DE LOS ANIMALES

Considerando que todo animal posee derechos y que el desconocimiento y desprecio de dichos derechos han conducido y siguen conduciendo al hombre a cometer crímenes contra la naturaleza y los animales, se proclama lo siguiente:

Artículo No. 1

Todos los animales nacen iguales ante la vida y tienen los mismos derechos a la existencia.

Artículo No. 2

a) Todo animal tiene derecho al respeto.

b) El hombre, como especie animal, no puede atribuirse el derecho de exterminar a los otros animales o de explotarlos, violando ese derecho. Tiene la obligación de poner sus conocimientos al servicio de los animales.

c) Todos los animales tienen derecho a la atención, a los cuidados y a la protección del hombre.

Artículo No. 3

a) Ningún animal será sometido a malos tratos ni a actos crueles.

b) Si es necesaria la muerte de un animal, ésta debe ser instantánea, indolora y no generadora de angustia.

Artículo No. 4

a) Todo animal perteneciente a una especie salvaje tiene derecho a vivir libre en su propio ambiente natural, terrestre, aéreo o acuático y a reproducirse.

b) Toda privación de libertad, incluso aquella que tenga fines educativos, es contraria a este derecho.

Artículo No. 5

a) Todo animal perteneciente a una especie que viva tradicionalmente en el entorno del hombre tiene derecho a vivir y crecer al ritmo y en las condiciones de vida y de libertad que sean propias de su especie.

b) Toda modificación de dicho ritmo o dichas condiciones que fuera impuesta por el hombre con fines mercantiles es contraria a dicho derecho.

Artículo No. 6

a) Todo animal que el hombre haya escogido como compañero tiene derecho a que la duración de su vida sea conforme a su longevidad natural.

b) El abandono de un animal es un acto cruel y degradante.

Artículo No. 7

Todo animal de trabajo tiene derecho a una limitación razonable del tiempo e intensidad del trabajo, a una alimentación reparadora y al reposo.

Artículo No. 8

a) La experimentación animal que implique un sufrimiento físico o psicológico es incompatible con los derechos del animal, tanto si se trata de experimentos médicos, científicos, comerciales, como de otra forma de experimentación.

b) Las técnicas alternativas deben ser utilizadas y desarrolladas.

Artículo No. 9

Cuando un animal es criado para la alimentación debe ser nutrido, instalado y transportado, así como sacrificado, sin que ello resulte para él motivo de ansiedad o dolor.

Artículo No. 10

a) Ningún animal debe ser explotado para esparcimiento del hombre.

b) Las exhibiciones de animales y los espectáculos que se sirvan de animales son incompatibles con la dignidad del animal.

Artículo No. 11

Todo acto que implique la muerte de un animal sin necesidad es un biocidio, es decir, un crimen contra la vida.

Artículo No. 12

a) Todo acto que implique la muerte de un gran número de animales salvajes es un genocidio, es decir, un crimen contra la especie.

b) La contaminación y la destrucción del ambiente natural conducen al genocidio.

Artículo No. 13

a) Un animal muerto debe ser tratado con respeto.

b) Las escenas de violencia, en las cuales los animales son víctimas, deben ser prohibidas en el cine y en la televisión, salvo si ellas tienen como fin dar muestra de los atentados contra los derechos del animal.

Artículo No. 14

a) Los organismos de protección y salvaguarda de los animales deben ser representados a nivel gubernamental.

b) Los derechos del animal deben ser defendidos por la ley, como lo son los derechos del hombre.


Esta declaración fue adoptada por La Liga Internacional de los Derechos del Animal en 1977, que la proclamó al año siguiente. Posteriormente, fue aprobada por la Organización de Naciones Unidas (ONU) y por la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO).




.2






Desgarradoras y condenables imágenes de tráfico de perros en Tailandia, llevados a China y Vietnam; los canes están en peligro de extinción en esa parte del mundo



.3

HISTORIA

En 1908, por inspiración de Clemente Onelli, entonces director del Jardín Zoológico, y de Albarracín, Presidente de la Asociación Protectora de Animales, se intituyó el "Día del Animal".

Ese año se hizo el acto oficial en el Jardín Zoológico, el 2 de abril. El doctor Ignacio Lucas Albarracín, quien promocionó la sanción de la Ley Nº 2786, de Protección de Animales (promulgada el 25 de Junio de 1891), que establece la obligatoriedad de brindar protección a los animales, de manera de impedir su maltrato y su caza, falleció el 29 de abril de 1926.



.4

LOS PERROS DE LA ADUANA

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) realizará este lunes 29 de abril demostraciones con sus canes en más de 30 escuelas del país, con motivo de celebrarse el Día del Animal.

La AFIP realizará demostraciones con perros que fueron entrenados en las Aduanas de Buenos Aires, Posadas, Salta, Rosario, Córdoba, Bahía Blanca, Comodoro Rivadavia, Resistencia, La Plata y Mendoza; interactuarán con más de 10.000 alumnos.

Según el programa, sus adiestradores dictarán una clase teórica en lo que refiere al cuidado, estimulación y entrenamiento de perros y luego realizarán pruebas con los animales.

Las demostraciones se realizarán el "Instituto Celia Martínez de Varela" de la Capital Federal; "Escuela de Enseñanza Media 201, de Ezeiza; "Escuela Enseñanza Media 202" y "Escuela Primaria 7"; de Quilmes y "Escuela 57 de Colonia Urquiza" de La Plata, entre otras.

En tanto, en el interior del país se realizarán en escuelas de las provincias de Misiones, Salta, Jujuy, Santa Fe, Córdoba, Río Negro, Chubut, Tierra del Fuego, Chaco, Formosa, Mendoza y San Luis.



.5

CALLEJERO







No hay comentarios:

Publicar un comentario